SECCIÓN DE AVES DE CORRAL

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ TÉCNICO DE LA SECCIÓN DE AVES DE CORRAL (CTSAC)

(Redacción Octubre de 2018)

  1. Existencia y objetivos

El Comité Técnico de la Sección de Aves de Corral (CTSAC) es un componente técnico de la Federación Española de Avicultura, Colombicultura y Cunicultura de Raza (FESACOCUR). Es el organismo competente en lo referente al procedimiento de reconocimiento de nuevas razas y variedades de aves de corral domésticos (gallinas, gallinas enanas, pavos, patos y ocas) españolas, así como del procedimiento de reconocimiento de nuevas variedades de aves de corral NO españolas.

Sus funciones son:

  • Desarrollo y revisión de reglamentos con el fin de homogenizar todos los estándares nacionales para todas las razas nacionales existentes de aves de corral.
  • Desarrollo y revisión de reglamentos para reconocimiento de nuevas razas y variedades españolas.
  • Desarrollo y revisión de reglamentos para reconocimiento de nuevas variedades en razas NO españolas.
  • Seguimiento del proceso de reconocimiento de nuevas razas y variedades españolas y propuesta de aprobación al CNE, a nivel nacional dentro de FESACOCUR.
  • Seguimiento del proceso de reconocimiento de nuevas variedades de razas NO españolas y propuesta de aprobación al CNE, a nivel nacional dentro de FESACOCUR.
  • Reconocimiento y denominación a nivel nacional de las razas y variedades de razas extranjeras.
  • Garantizar la correcta aplicación de todos los estándares a nivel nacional.
  • Definir los estándares de aquellas razas nacionales que no cuenten con un Club/Asociación de raza.
  • Tramitar, a través del CNE, el reconocimiento de las nuevas razas españolas y nuevas variedades en la Entente Europea (EE).
  • Establecer una nomenclatura única a nivel nacional, para cualquier vocabulario relacionado con las aves de corral.

 

  1. Composición

El Comité Técnico de la Sección de Aves de Corral estará formada por:

  • Un responsable del CTSAC, elegido por el presidente de FESACOCUR, que coordina y dirige el trabajo, convoca las reuniones y trasladará las decisiones tomadas en cada caso, al resto del organigrama técnico de FESACOCUR. Actuará de enlace con el CNE, en todo lo referente a estándares de aves de corral.
  • Un secretario del CTSAC, elegido por el responsable del CTSAC. Entre sus funciones están la elaboración de las actas de las reuniones del CTSAC y las funciones establecidas en el Reglamento de reconocimiento de nuevas razas y variedades de aves de corral.
  • Tantos colaboradores/asesores como sean necesarios para el correcto funcionamiento del CTSAC. Los colaboradores no tendrán necesariamente carácter permanente dentro del Comité, pudiendo ser su colaboración de carácter puntual para la resolución de determinados temas del CTSAC. Serán elegidos por el responsable del CTSAC.

 

  1. Funcionamiento

El Comité se reunirá al menos una vez al año. El orden del día de cada reunión se enviará a todos los miembros  con al menos quince días de antelación a la fecha programada, de manera que aquellos miembros que no puedan asistir puedan enviar sus comentarios al responsable del CTSAC. El resto de reuniones, estudios y preguntas se pueden tratar o debatir por correo electrónico u otros medios.

En cualquier momento el responsable del CTSAC podrá ser consultado, ya sea por los presidentes de las asociaciones, por los jueces o directamente por los criadores, acerca de asuntos de competencia del CTSAC. El responsable necesariamente comunicará estas preguntas al resto de miembros del comité y las incluirá en el orden del día de la siguiente reunión.

Las conclusiones, propuestas y/o respuestas se enviarán al presidente de FESACOCUR quien lo publicará y ejecutará en cada caso.

 

  1. Proceso de reconocimiento de nuevas razas o variedades

Consultar en cada caso el reglamento en vigor.

 

  1. Disposición final

Para todos los casos no previstos en el presente reglamento, el CTSAC seguirá siendo soberano para adoptar las decisiones que considere legítimas, en lo concerniente a aves de corral.